SENTENCIA del TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE CATALUNYA

5664/2006 del 5 de Septiembre del 2006

Confirma una sentencia anterior donde se condena a la empresa y al acosador a indemnizar a una víctima de mobbing

 

EXTRACTOS DE LA SENTENCIA

Seleccionados y traducidos por Marina Parés

Hemos de resaltar, de entrada, que demasiado a menudo el debate jurídico sobre la figura del acoso moral está mediatizada por la influencia del impacto mediático y social del tema. Impacto que no obedece a una lógica jurídica, sino que se asienta en parámetros propios de la sociología o la psicología del trabajo. Es necesario recordar, en este sentido, que las actuaciones empresariales que persiguen destruir la dignidad del trabajador han sido contempladas en el Derecho del trabajo desde hace muchos años (más allá de modas puntuales), como lo demuestra el hecho que desde hace tiempo se ha venido recogiendo la posibilidad de extinción contractual indemnizada por voluntad del trabajador por dicha causa. Encontramos, así, dicha posibilidad contemplada hoy en el art. 50.a c) (....). Así mismo, pero, aquello que es nuevo -y por tanto, una aportación notable del mencionado debate social actual y de otras disciplinas científicas al derecho laboral- es la consideración del acoso moral como un todo, entendido en una globalidad, y por tanto susceptible de extender efectos a todas las instituciones de derecho laboral.

Ahora bien, lo que corresponde a los juristas -huérfanos como estamos de una necesaria ley que regule el tema- es acudir a aquellas otras disciplinas para definir instituciones propias. No hay que dudar que el Derecho ha de ser interpretado en relación a una realidad o un tiempo, pero siempre en relación a normas jurídicas.

Tribunal Superior de Justicia de Catalunya compuesto por los Magistrados: A. Vivas, M-A Sánchez y M-A Falguera.

TEXTO COMPLETO DE LA SENTENCIA

Texto bilingüe (castellano-catalán) de fácil comprensión. Presionar la imagen para verla ampliada

 

 

Volver Indice Sentencias

Index Jurídico

Acoso Moral