70.000 € POR MOBBING

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha condenado al gobierno regional por acoso moral en el trabajo

Pedro Sanz

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha condenado al gobierno regional del popular Pedro Sanz a indemnizar con 70.000 euros a un funcionario de la Consejería de Obras Públicas de la comunidad que denunció al consistorio por sufrir acoso laboral durante varios años, lo que le ha llevado a padecer un cuadro de depresión reactiva. Sanz anunció que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Supremo y negó que vaya a haber ninguna dimisión, tal y como pedían los socialistas riojanos.
Este jueves se hizo pública la sentencia por la que se condena a la Consejería de Vivienda, Obras Públicas y Transporte del Gobierno de La Rioja a pagar una indemnización de 70.000 euros a uno de sus trabajadores que denunció al organismo regional por haber sufrido mobbing (acoso laboral) “permanente y reiterado”.

"Por los daños morales"
Según la sentencia, el Ejecutivo regional riojano tendrá que indemnizar “por los daños morales ocasionados” a este funcionario, que en la actualidad padece “un cuadro de depresión reactiva (…) que le provoca un trastorno psicológico importante con alteraciones del sueño, disminución de la autoestima y alteraciones en sus relaciones personales y que han limitado de una forma considerable su calidad de vida”.

"Cese inmediato"
Al conocer la sentencia, el PSOE de La Rioja pidió el “cese inmediato” de la vicepresidenta navarra, Aranzazu Vallejo, del consejero de Obras Públicas, Antonio Burgos, y de Ángel Salinas, actualmente jubilado. Ellos eran cuando se produjo el caso de acoso, según recordó el secretario general de los socialistas de la región, Francisco Martínez-Aldama, consejera de Obras Públicas, secretario general técnico y director general de Transportes respectivamente.

"Dudas razonables"
Sin embargo, el presidente riojano aseguró que en su equipo de gobierno no habrá ningún cese, sino que “gracias a la petición del PSOE se van a confirmar en sus cargos”. Además señaló que recurrirán la sentencia ante el Tribunal Supremo, ya que, subrayó, tienen “dudas razonables” sobre el caso.

"Respeto por la justicia"
Para los socialistas, el hecho de que no se produzcan estas cesiones demostraría que el presidente popular “no tiene respeto por la justicia”. “Es muy grave que un presidente de un Gobierno no acate las decisiones judiciales”, precisó Martínez-Aldama. Sanz le contestó que “las personas a las que se quiere cargar este ‘sanbenito’ no han sido condenadas”, por lo que él “las va a favorecer, con toda tranquilidad, sin ningún problema”.

http://www2.elplural.com/politica/detail.php?id=15392

El presidente del Ejecutivo riojano, Pedro Sanz Alonso, afirmó hoy que "acato la sentencia, no la comparto y el Gobierno de La Rioja la recurrirá ante el Tribunal Supremo (TS)", en alusión a un reciente fallo judicial de "mobbing" o acoso laboral a un funcionario de la administración regional
Sanz Alonso, en una rueda informativa sobre asuntos de actualidad política, se refirió a que la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJR) ha condenado al Gobierno riojano a pagar una indemnización de 70.000 euros a un trabajador de la Consejería de Obras Públicas por daños morales, tras haber sufrido acoso moral o "mobbing" durante varios años.
Ante la solicitud socialista, por esta sentencia, de cese de la vicepresidenta del Gobierno regional, Aránzazu Vallejo, y del consejero de Obras Públicas, Antonino Burgos, dijo que, "gracias a la petición del PSOE, se van a confirmar en los cargos".
También confirmó al titular de la Consejería de Educación, Cultura y Deporte, Luis Alegre, quien "seguirá por muchos años" en esta comunidad y cuya dimisión solicitan los socialistas por la compra con dinero público de libros a la editorial "Libros Libres", en donde Sanz Alonso cree que "alguien ha patinado sustancialmente".
Sanz Alonso, respecto a esta sentencia de "mobbing", afirmó que no es al primera vez que se piden dimisiones por este tema, ya se hizo en 2005; e indicó que "hay datos más que suficientes para mantener las dudas sobre esas valoraciones".
Recordó que hubo dos querellas contra dos diputados por parte de la persona afectada -porque le dijeron a ésta que tenía siete pisos de protección oficial- que fueron anuladas y añadió que un magistrado tuvo que abstenerse después de haber intervenido por "amistad manifiesta".
También subrayó que tiene "dudas razonables" sobre este asunto y que se equivocan quienes piden esas dimisiones porque "las dos personas a las que se les quiere cargar este 'sanbenito' no han sido condenadas y este presidente las va a fortalecer, con toda tranquilidad, sin ningún problema". Insistió en que las decisiones adoptadas en este caso están "muy meditadas" y dijo que la oficina que el PSOE anunció para atender casos de "mobbing" no tiene ninguno.

http://www.larioja.com/20071109/local/region/mobbing-sanz-acato-sentencia-200711091307.html

COMENTARIO DE LA SENTENCIA

TSJ La Rioja 70.000 Indemnización Acoso
 

Los tribunales pagan con más dinero el daño moral sufrido por el acoso en el trabajo
Publicado el 09/06/2008, por José Mª López Agúndez. Madrid

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha indemnizado con 70.000 euros el daño moral de un funcionario que sufrió acoso laboral al ser aislado de su puesto. Se trata de una cuantía poco frecuente que puede marcar una tendencia para otros tribunales en el futuro.


Las indemnizaciones por el daño moral que resulte de sufrir acoso (mobbing) en el trabajo están en una fase ascendente. Una sentencia de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha concedido 70.000 euros a un funcionario que fue aislado de su puesto de trabajo en lo que puede marcar una tendencia en el ámbito de los tribunales a elevar las reparaciones por este concepto.

El empleado se reincorporó al trabajo después de un proceso de incapacidad temporal, momento en el que sus superiores le desposeyeron de sus funciones como jefe de sección, adjudicándolas a un antiguo subordinado. El trabajador recibió una nueva jefatura de sección, sin contenido y prevista para realizar una labor de control en la que no disponía de medios materiales y ni personales. Además, el empleado fue aislado de sus compañeros en un despacho individual y apartado, sin personal a su cargo, por haber quedado todo el que antes tenía bajo la dirección de su antiguo subordinado.

El tribunal explica que “la jurisprudencia del Tribunal Supremo es unánime en todas sus salas: los daños morales no son medibles por su propia naturaleza, de modo que la indemnización guarda relación con las condiciones económicas de la sociedad y de los implicados, el grado de desarrollo social, los baremos indemnizatorios, etcétera”.

De largo alcance
A ello añade que la compensación alcanza “no sólo al sufrimiento personal de las vícitmas ligado al hecho punible, sino que tiene un amplio espectro, de modo que acoge también el sentimiento de la dignidad lastimada o vejada, el daño psicológico y la perturbarción en el normal desarrollo de la personalidad”.

La propia sentencia recoge otros precedentes de tribunales que han indemnizado claramente a la baja. Por ejemplo, una sentencia del Tribunal Supremo de 21-VII-2001 que cifró el daño moral en 4.500 euros, un fallo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia que estimó el daño en 4.000 euros y otra del Tribunal de Justicia de la UE que concedió 8.000 euros.

Lo relevante de esta sentencia es que teniendo en cuenta la doctrina del Supremo sobre el daño moral y tales antecedentes, multiplica la cuantía por 14, ya que la Administración concedió al trabajador 5.000 euros por el daño moral, precisamente apoyándose en los precedentes citados. La Administración entendía que el trabajador no había justificado de forma suficiente la cuantía del daño.

Criterios para tener en cuenta
Sin embargo, el tribunal de La Rioja sustenta su decisión en tres criterios para fijar la indemnización del daño moral: el acoso permanente, los días de baja (que alcanzaron un año y medio) y el padecimiento posterior de un cuadro de depresión reactiva, “como consecuencia de un proceso de acoso laboral”.

Según explica el fallo (de 6-XI-2007), es “adecuada” la cuantía de 70.000 euros porque “no se debe minusvalorar económicamente las lesiones a la dignidad de las personas. Como afirma el Tribunal Constitucional, la dignidad de la persona es un valor espiritual y moral inherente a ella que se manifiesta singularmente en la autodeterminación consciente y responsable de la propia vida”.

Como apunta María Jesús Herrera, socio de Sagardoy Abogados, “la sentencia eleva mucho la indemnización y no está dentro de los parámetros normales; fallos con cuantías elevadas, que se dictaron en 2007, son una del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que concedió 32.000 euros y otra de su homólogo en Castilla-La Mancha, que indemnizó un caso de mobbing con 56.000 euros”. Para Herrera, aunque la sentencia de La Rioja sea de un tribunal contencioso “se puede extrapolar al ámbito de los tribunales del Orden Social, aunque no sea vinculante”. De esta forma, sentencias como la del tribunal riojano o la del manchego, rompen una tendencia bajista en este tipo de indemnizaciones.

http://www.expansion.com/edicion/exp/juridico/es/desarrollo/1133003.html

 

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