El juicio de condenación
Por José Eduardo Abadi Director del Área de Psicoanálisis
- Carrera de Psicología, UP.
Freud nos enseña que cuando el intento de
gratificación de ciertos deseos transgrede determinadas normas
éticas y morales que hacen a ciertas prohibiciones inherentes
a la normatividad cultural despierta en el individuo un displacer
que tiene como causa el temor al castigo (naturalmente en su fantasía)
por el intento de cumplimiento de lo que el superyo califica como
prohibido.
Es por eso que el yo articula ciertas defensas para proteger su
identidad frente a estas amenazas transgresoras.
Sabemos que frente a estímulos displacenteros externos el
sujeto puede apelar a la fuga en el intento de evitar el peligro.
Pero cuando estos estímulos son internos habrá que
apelar a sustitutos de la fuga y mencionamos como fundamentales:
la represión, la supresión, la negación y el
juicio de condenación. Veremos este último.
Pero ¿ cómo conceptualizamos a esta defensa ? Nos
acercaremos a su comprensión partiendo de su polo opuesto,
vale decir, el deseo.
En algunos casos cuando el deseo en su búsqueda de placer
alcanza la conciencia y desde allí atenta contra las normas
imperantes en su conciencia moral el sujeto puede poner en marcha
lo que Freud llama la supresión, que es un mecanismo de carácter
consciente que significa que la representación pase de un
estado actual de conciencia a un estado preconsciente y no como
otros mecanismos donde la representación pasa de un estado
consciente-preconsciente a uno inconsciente.
Otras veces frente a la presencia de lo prohibido en la conciencia
el sujeto puede apelar a la negación que es un mecanismo
defensivo que consiste en anteponer el ¨ signo no ¨ a la
representación prohibida para que ésta pueda acceder
a la conciencia y en la medida que no es aceptada como propia evitar
el displacer y la angustia.
Cuando opera, en cambio, la represión tanto la instancia
represora como el resultado son inconscientes. La representación
pasa de un sistema consciente-preconsciente a uno inconsciente y
para que permanezca en el inconsciente reprimido el yo deberá
disponer de una energía, contracatexis, de un modo permanente
con las consecuencias que ello implica. El objetivo central del
sujeto, como nos dice Freud, es ¨ separar y mantener alejada
de la conciencia o sea en el inconsciente, representaciones ligadas
a una pulsión cuya satisfacción ( principio del placer
por sí mismo ) provocaría displacer por oponerse a
las otras normas conscientes imperantes ¨ .
Otra posibilidad es que el sujeto tome conciencia del deseo pero
que no lo expulse de la misma sino que lo condene, que prohíba
su satisfacción. No apela ya a la represión sino a
aquello que define como condenación. ¿ A qué
se debe el cambio operado ? . Una respuesta a esto la encontramos
en la quinta conferencia que Freud dicta en la Universidad de Clark
en 1909: ¨ el temido resultado final de una destrucción
del carácter civilizado por los instintos liberados de la
represión es totalmente imposible, pues este temor no tiene
en cuenta algo que nuestra experiencia nos ha enseñado con
toda seguridad, y es, que el poder anímico y somático
de un deseo, cuando su represión ha fracasado, es mucho mayor
siendo inconsciente que consciente, de manera tal que con su atracción
a la conciencia no se hace sino debilitarlo. El deseo inconsciente
no es susceptible de ser influido y permanece independiente de toda
circunstancia, mientras que el consciente es refrenado por todo
lo que de un modo consciente es contrario a él ¨. La
labor psicoanalítica, entra así, como un ventajoso
sustitutivo de la fracasada represión, al servicio de las
aspiraciones civilizadoras más elevadas y valiosas.
La represión es reemplazada por una condenación llevada
a cabo con medios eficaces. Esto es posible porque lo que se trata
de hacer desaparecer son sólo consecuencia de anteriores
estadíos evolutivos del yo. El individuo no lleva a cabo
con anterioridad más que una represión del impulso
inutilizable porque en ese momento no estaba en condiciones de apelar
a otra defensa, ¨ pero en su actual madurez y fuerza puede quizás
dominar a la perfección lo que le es hostil ¨ .
Vale decir que el juicio de condenación reemplaza a la represión,
opera con los productos que emergen del levantamiento de la misma
y los condena luego de haberlos admitido como propios. Esta opción
es señalada por Freud en su estudio autobiográfico
como una de las metas importantes de la terapia analítica
y como nos señala allí mismo una de las formas de
evitar quedar atrapado por las consecuencias de la represión.
Sintetizando: este mecanismo lo vemos presente en el sistema preconsciente-consciente,
siguiendo las leyes del proceso secundario, vinculado al principio
de realidad e identidad de pensamiento que le permite independizarse
de un sometimiento al principio del placer.
http://www.palermo.edu/cienciassociales/lic_psicologia/opinan_directores.html