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Cronología
de un caso de acoso laboral que desembocó en una desgracia
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Labour news from UNI global union - for trade unions in a
global services economy. -
Carlos Alberto Pardo, un trabajador de vigilancia privada
de la filial colombiana de la empresa multinacional de transporte
de valores Brinks, está detenido. Se le sindica por
la muerte de su supervisor, Roberto Villalobos. En efecto,
Carlos Alberto Pardo, directivo del Sindicato Nacional de
Trabajadores de Brinks de Colombia, S.A. dio muerte a su supervisor.
A continuación, y a manera de denuncia, UNI Américas
Servicios a la Propiedad transcribe, sin edición, una
sucesión de hechos recabados por el Sindicato Nacional
de Trabajadores de Brinks de Colombia, S.A. que sin justificar
el hecho lo explican, con dramática elocuencia, poniendo
de manifiesto hasta dónde el acoso laboral, la agresión
sistemática a un trabajador o trabajadora, puede, y
en este caso tensó la relación laboral hasta
su límite.
NOVIEMBRE 11 DE 2003: Le notifican por escrito el ascenso
de escolta a conductor.
MAYO 2 DE 2005: Lo citan a descargos el día
3 de mayo a las 12:00 horas por no tanquear el blindado 126
el día 28 de abril.
MAYO 3 DE 2005: En los descargos manifiesta que no
pude tanquear el vehículo blindado distinguido con
el numero CB 126 fue porque simplemente éste había
sido tanqueado en horas de la tarde por el señor Néstor
Cruz tal y como se permitió demostrar con los comprobantes
de tanqueo Nos. 0001094908 y 0001094902 de fechas 28 de abril
de 2005 y horas 13:53 y 14:03.
MAYO 10 DE 2005: Lo notifican de una suspensión
por tres (3) días a partir del 11 al 14 de mayo de
2005, por no realizar el tanqueo del camión blindado
tal como lo tiene establecido la compañía.
MAYO 13 DE 2005: Notifica a la empresa de un recurso
de reposición y en subsidio de apelación sanción
de fecha 10 de mayo de 2005, donde manifiesta que si al vehículo
ya se le había llenado el tanque de gasolina, éste
no permite por el bloqueo su provisión nuevamente el
mismo día, otra circunstancia de aclarar es que el
CB 126 en esa fecha y a las horas determinadas fue llenado
con la provisión autorizada por la empresa que es de
8 galones, así mismo a la hora en que yo llego al tanqueo
de los vehículos 22:30 aproximadamente ya el almacenista
no se encuentra en la sede, por lo que no puedo reclamar el
chip de mantenimiento.
AGOSTO 4 DE 2005: Notifica a la Empresa de los hechos
ocurridos el día 30 de julio de 2005, donde el señor
supervisor Roberto Villalobos le pidió que le entregara
las llaves del CB y Pardo cumplió su turno en la sede
de Toledo.
AGOSTO 23 DE 2005: Lo llaman a descargos por el día
4 de agosto mientras desempeñaba su labor de conductor
de blindado desarrollando la ruta 83 usted desatendió
la orden de su jefe de tripulación de realizar un cambio
en el orden de la ruta y dirigirse primero a realizar el servicio
de recolección de valores del cliente Casino Río,
antes de realizar el servicio de recolección de valores
del cliente Davivienda Santa Bárbara.
AGOSTO 24 DE 2005: Rinde descargos de acuerdo a citación
del día 23 de agosto, en el cual manifiesta que este
problema se ha presentado no solamente conmigo sino con muchas
tripulaciones y planeación no ha tenido en cuenta para
programarlo más temprano.
No entiendo porque vengo yo a ser el único implicado
en este problema llamándome a descargos, mostrando
con esto la administración de la compañía
una clara persecución laboral y sindical, puesto que
soy directivo de la organización sindical Sintrabrinks.
OCTUBRE 11 DE 2005: Le notifican de la suspensión
del contrato de trabajo los días 12 al 17 de octubre
de 2005, por incumplir una orden directa de su jefe de tripulación.
DICIEMBRE 15 DE 2005: Lo notifican de la citación
a descargos el día Martes 20 de diciembre por que el
día 26 de noviembre no se presentó a laborar,
adicional a eso el día 12 de diciembre desacató
la instrucción de sus jefes inmediatos supervisor y
director de zona de salir a cumplir con sus funciones de conductor
en una ruta de la zona centro.
DICIEMBRE 20 DE 2005: En la citación a descargos
manifestó que el día 26 de noviembre no se presentó
a laborar porque el día viernes siendo aproximadamente
las 22:00 horas miré la programación y vi mi
nombre y al frente 12:50, por tal razón nunca llegué
tarde porque vi que la hora de entrada era las 12:50. En lo
referente al día 12 de diciembre desacató la
instrucción de sus jefes inmediatos supervisor y director
de zona de salir a cumplir con sus funciones de conductor
en una ruta de la zona centro contestó pese a mi estado
de salud en el cual me encontraba en ningún momento
incumplí esta orden, simplemente le manifesté
al director de la zona norte que le de esa orden por escrito,
de igual forma que cuando solicité el cambio de zona
con otro conductor, argumentándome que era un procedimiento
complicado porque yo era un directivo sindical. De igual forma
manifiesta que se viene sintiéndome mal de salud debido
al stress causado por el acoso laboral del cual vengo siendo
objeto, más aún así, nunca me negué
a salir a ruta sino que pedí que fuera por escrito
para tener un soporte, después de esto mi condición
de salud se agravó dirigiéndome a la EPS y produciéndose
una incapacidad por ese día debido a mi grave condición
de salud.
DICIEMBRE 29 DE 2005: Le solicitan por escrito dentro
de las 24 horas siguientes al recibo de esta comunicación
las razones por las cuales usted el día 27 de diciembre
de 2005, al momento de la apertura de la sede bloqueó
el ingreso del personal por la entrada de la calle 22 sin
justificación alguna.
DICIEMBRE 29 DE 2005: Le estoy dando respuesta a la
solicitud del día 29 de diciembre diciendo que no podemos
dar explicación de lo que hacemos en tiempo libre.
DICIEMBRE 30 DE 2005: Le notifican de la suspensión
del contrato de trabajo de diez (10) días a partir
del 31 de diciembre de 2005 y debiéndose reintegrar
el 10 de enero de 2006, por que retraso en la salida de la
ruta en tres (3) horas, originó el incumplimiento en
el aprovisionamiento de los cajeros automáticos de
Davivienda OCCA Can y Granahorrar parque Lourdes.
ABRIL 10 DE 2006: Lo citan a descargos para el día
martes 18 de abril a las 13:30 PM., por ubicarse en forma
deliberada frente a un vehículo blindado el día
jueves 30 de marzo de 2006, en horas de la tarde por cerca
de 30 minutos, impidiendo el normal flujo vehicular de la
operación y no atender la hora de citación para
salir a operar según llamado de radio-operador.
ABRIL 18 DE 2006: Rinde descargos de acuerdo a citación
del día 10 de abril de 2006, donde manifiesta que como
dirigente sindical se encontraba dando una información
sindical en el patio 1, a los trabajadores concerniente a
los atropellos y arbitrariedades que los directivos de la
compañía vienen cometiendo contra los trabajadores
en especial contra los sindicalizados. Frente a no atender
la hora de citación para salir a operar según
llamado de radio-operador, dice que en ningún momento
recibió tal llamado.
De igual forma manifiesta que rechaza vehemente la persecución
sindical a la cual estamos siendo sometidos todos los trabajadores
reflejada esta en la injusticia laboral ya que nuestra convención
colectiva de trabajo está siendo pisoteada en diferentes
artículos, como que estoy siendo citado a laborar en
las horas de la tarde de lunes a sábado, sintiéndome
discriminado de los demás trabajadores afectándome
esto como persona (no asistencia al culto) y trabajador.
MAYO 5 DE 2006: Fui sancionado durante nueve (9) días
por un supuesto bloqueo en el patio de camiones bloqueo
que nunca existió siendo esta una sanción
netamente por persecución sindical.
MAYO 25 DE 2006: Lo notifican de una citación
a descargos para el día 26 de mayo de 2006, a las 11:40
AM., por no presentarse a laborar el día 20 de mayo
de 2006.
MAYO 25 DE 2006: Le notifican de la cancelación
de descargos para el día 26 de mayo de 2006, ya que
se determinó que no incurrió en falta disciplinaria
por no asistir a laborar el día 20 de mayo de 2006.
SEPTIEMBRE 29 DE 2006: Presenta descargos por no esperar
relevo en dicha ruta y devolverse a la sede sin autorización.
Allí manifiesta que a las 19:20 horas le recordé
al radio-operador que cumplía mi jornada laboral de
ley a las 19:50 horas y que todavía me quedaban 5 puntos
le recordé porque cuando salí a ruta le informe
que cumplía el horario de mi jornada laboral de ley
a las 20:00 horas para que previeran mi relevo y no se afectara
la operación.
De igual forma manifiesta sobre la ley 1010 de acoso laboral
que la discriminación de los demás trabajadores
se constituye como acoso laboral.
OCTUBRE 20 DE 2006: Lo notifican de una sanción
de un día, el día 24 de octubre de 2006, por
llegar tarde y de ocho días, que se harán efectivos
a partir del día 25 de octubre hasta el día
01 de noviembre de 2006, por que el día 20 de septiembre
de 2006, durante la ruta asignada a usted, desatendió
la orden impartida por la empresa de esperar relevo para que
continuara con dicha ruta, devolviéndose a la sede
sin autorización.
NOVIEMBRE 21 DE 2006: Le solicitan informar por escrito
dentro de las 24 horas siguientes al recibo de esta comunicación,
las razones por las cuales usted no ha entregado en las oficinas
de gestión humana copia de su pasado judicial vigente,
el cual se ha solicitado por diferentes medios y usted ha
hecho caso omiso de la solicitud.
NOVIEMBRE 22 DE 2006: Le rinde informe por escrito
al Señor Luís Alfredo Moreno donde le informa
que no ha pasado la copia del pasado judicial porque no ha
tenido dinero para comprarlo ya que la compañía
me ha venido sancionando injustamente este año.
ENERO 31 DE 2007: Lo citan a descargos para el día
6 de febrero de 2007, a las 11:00 AM., por no entregar a la
empresa el certificado judicial vigente impidiendo el normal
desarrollo del proceso de credencial superintendencia.
FEBRERO 6 DE 2007: Rinde descargos a la empresa por
no entregar a la empresa el certificado judicial vigente impidiendo
el normal desarrollo del proceso de credencial superintendencia.
FEBRERO 14 DE 2007: Le pasan un comunicado donde lo
notifican de la suspensión del contrato de trabajo
por seis (6) días que se harán efectivos a partir
del día 19 hasta el día 26 de febrero de 2007,
por no entregar a la empresa el certificado judicial vigente
impidiendo con ello el proceso de solicitud de credencial
superintendencia de vigilancia y seguridad privada, documento
indispensable para el desarrollo de su labor.
MARZO 7 DE 2007: Lo notifican de la solicitud del pasado
judicial vigente a más tardar el próximo lunes
12 de marzo de 2007, documento indispensable para dar cumplimiento
a lo reglamentado por la Superintendencia de vigilancia y
seguridad privada.
MARZO
15 DE 2007: Radica a la empresa documento donde expresa
que si entrega copia del certificado judicial vigente no es
porque este de acuerdo o convencido de que es de mi bolsillo
que deba salir, sino por encontrarme en inferioridad de condiciones
laborales frente a la empresa y más bien lo veo como
resultado del acoso laboral que me encuentro a través
de las múltiples sanciones disciplinarias que me han
impuesto injustamente, cuya temeridad queda demostrada por
sí sola.
MARZO
20 DE 2007: Lo notifican del cierre proceso disciplinario
por la no presentación del pasado judicial vigente,
dado que usted presentó copia vigente del mismo antes
de la diligencia.
ABRIL 17 DE 2007: Le notifican de un llamado de atención
por llegar tarde a laborar en forma repetida en el mes de
Marzo de 2007.
ABRIL 24 DE 2007: Lo notifican de una solicitud de
informe escrito máximo en 24 horas sobre el porque
el día 23 de abril de 2007 no terminó la ruta
6 con la programación asignada.
ABRIL 25 DE 2007: Da respuesta por escrito a la empresa
donde manifiesta que para ese día le habían
asignado el móvil 063, el cual se encontraba en un
lamentable deterioro en su estructura física, está
corroído por el oxido, presentando huecos en el piso
de la cabina y en el techo tiene huecos por donde antes entraban
algunos cables y por tal razón solicitaba que le dieran
el CB 109 que se encontraba en mantenimiento.
Minutos más tarde después de almorzar y salir
a ruta lo llamó el radio-operador para informarle que
regresara a la sede porque el supervisor Ricardo Burgos en
lugar de cambiarle el móvil prefirió relevarlo
de la ruta y mandarlo para la casa, ya que había cumplido
la jornada laboral de ley.
También expresa que la solicitud de este informe hecha
por usted es por demás ya que desde ese día
me pusieron a turno en la tarde, convirtiéndose esto
en un trato notoriamente discriminatorio respecto a los demás
empleados (Ley 1010 de enero 23 de 2006, art. 7º. Conductas
que constituyen acoso laboral, Literal K). Siendo esta una
de las tantas represalias acostumbradas por ustedes.
MAYO 2 DE 2007: Lo notifican de una solicitud de informe
escrito antes de 24 horas de los hechos ocurridos el día
30 de abril de 2007 con la ruta 64 y las novedades que esta
presentó, incluyendo el por qué de la demora
en reiniciar la ruta una vez desvarado el CB en Cafam Avenida
19; igualmente confirme en el mismo si le dio la instrucción
al Jefe de Tripulación de anotar los tiempos de varadas
de acuerdo a la orden recibida por usted del supervisor.
MAYO 3 DE 2007: Da respuesta a la solicitud de informe
del día mayo 2 de 2007, donde además anotó
que ese día don Roberto Villalobos nos estaba persiguiendo
por toda la ruta (haciendo auditoria). También hace
alusión a la persecución laboral de la cual
soy objeto diariamente por todos ustedes (Edgar Aldana), usted
cada rato me pide informe adicional al que normalmente pasamos
todos los conductores y jefes de tripulación. Luís
Mesa me tiene a turno en horas de la tarde y los supervisores
la presión y el acoso diario especialmente Roberto
Villalobos y Ricardo Burgos.
MAYO 8 DE 2007: Notifica a la Empresa a través
del Señor Luís Alfredo Moreno, Director de Gestión
Humana Seccional Bogotá, donde le informa que quiere
ponerlo al tanto de la situación que se ha venido presentando
con el Señor Roberto Villalobos y que por lo tanto
como trabajador de Brinks de Colombia S.A., se siente acosado
laboralmente por parte del Señor Villalobos y solicita
al Señor Moreno Luís Alfredo que tome alguna
medida para que cese este acoso laboral.
MAYO 16 DE 2007: Le solicitan un informe por escrito
máximo en 24 horas sobre el por qué el día
15 de mayo de 2007, dejó la ruta asignada sin realizar
y salió de la sede sin autorización.
MAYO 16 DE 2007: Pasa informe por escrito a la empresa
donde informa que el día martes 15 de mayo de 2007,
me presenté a laborar a las 13:10 horas de acuerdo
a la citación publicada el día anterior. Busqué
al supervisor el señor José Figueroa, a quien
le pedí el permiso para dirigirme a la cita médica,
y le informé que me encontraba programado en una ruta,
me preguntó que si yo había informado con anticipación,
le dije que le había informado a la señorita
Jazmín, y él me otorgó el permiso, como
aun tenía tiempo ingresé el móvil 109
el cual tenía asignado para ese día, y este
se encontraba en la calle, y la ruta tenía cargue,
dejé el móvil en el patio 1 y me dirigí
a mi cita médica.
MAYO 17 DE 2007: Lo notifican de una solicitud de informe
por escrito máximo en 24 horas sobre el por qué
el día 16 de mayo de 2007 no realizó el cargue
de la ruta asignada en el rango programado, adicionalmente
por qué desobedeció las ordenes del director
de operaciones de apagar el faro y la sirena del CB 109 y
de cargar la ruta y desobedeció la orden del supervisor
de cargar la ruta.
MAYO 17 de 2007: La CTC envía carta dirigida
al Sr. Alberto Arciniegas Franco, donde denunciaba como emblemáticos
o intimidadores los casos de los compañeros Otavo y
Carlos Pardo sujeto a todo hostigamiento y sanciones permanentes.
MAYO 18 DE 2007: Rinde por escrito informe el por qué
el día 16 de mayo de 2007, no realizó el cargue
de la ruta asignada en el rango programado y adicionalmente
por qué desobedeció las ordenes del director
de operaciones de apagar el faro y la sirena del CB 109 y
de cargar la ruta y desobedeció la orden del supervisor
de cargar (Sr. Villalobos) la ruta.
MAYO 18 DE 2007: Lo citan a descargos para el día
22 de mayo de 2007, a las 11:00 AM. Por Incumplir sus funciones
al no realizar la ruta programada el día 15 de mayo
de 2007; por salir de la sede sin autorización el día
15 de mayo de 2007 y omitir los procedimientos establecidos
por la Empresa.
MAYO 22 DE 2007: Carta de la CTC dirigida al Ministro
de la Protección Social, denunciando entre otros las
conductas que recaen sobre los directivos sindicales, consistentes
en despidos, sanciones y desmejoras en sus reubicaciones laborales.
MAYO 22 DE 2007: Lo citan a descargos para el día
23 de mayo de 2007, por Incumplir sus funciones al no realizar
el cargue de la ruta programada el día 16 de mayo de
2007; por desobedecer las ordenes de su jefe inmediato y del
director de operaciones de cargar la ruta, el día 16
de mayo de 2007 y por desobedecer las ordenes del director
de operaciones de apagar el faro y la sirena del CB dentro
del patio 1 el día16 de mayo de 2007.
MAYO 23 DE 2007: Solicita permiso al Sr. Edgar Aldana
para asistir al médico por cita prioritaria.
MAYO 23 DE 2007: Rinde los descargos programados desde
el día 22 de mayo de 2007 y pide aplazamiento en los
descargos para dirigirse a la EPS por cita prioritaria para
ser atendido por el médico ya que en este momento siento
que la tensión la tengo alta y esto hace que sienta
un bloqueo mental y esto impide el poder coordinar las respuestas
a las diferentes preguntas que faltan y se programa la ampliación
de los descargos para el día 24 de mayo de 2007.
MAYO 25 DE 2007: Rinde la ampliación de los descargos
sobre la citación a descargos del día 22 de
mayo de 2007.
JUNIO 15 DE 2007: Le solicitan informe por escrito
sobre el por qué el día 13 de junio de 2007,
no presentó la fotocopia u original de la cédula
de ciudadanía en el punto CHYSLER CALLE 26.
JUNIO 16 DE 2007: Da respuesta a solicitud de informe
por escrito del día 15 de junio, (Sr., Villalobos no
recibió copia del informe).
JUNIO 19 DE 2007: Lo citan a descargos para el día
20 de junio de 2007, a las 11:00 AM. Por incumplir los procedimientos
de identificación en el punto Chysler calle 26, el
día 13 de junio de 2007.
JUNIO 20 DE 2007: Rinde descargos sobre los hechos
establecidos en la comunicación de fecha 19 de junio
de 2007.
JUNIO 20 DE 2007: Le notifican de la sanción
de 24 días así:
Por omitir los procedimientos el día 15 de mayo de
2007, para citas médicas al no informar oportunamente
a su jefe inmediato y no diligenciar el formato para la cita
del día 15 de mayo de 2007. Sanción de ocho
(8) días a partir del día 21 hasta el día
28 de junio de 2007.
Por los hechos sucedidos el día 16 de junio de 2007,
al Incumplir sus funciones al no realizar el cargue de la
ruta programada el día 16 de mayo de 2007; por desobedecer
las ordenes del supervisor y del director de operaciones de
cargar la ruta 86 dentro del rango programado; por perturbar
el normal desarrollo de la operación en el patio al
encender sin justificación, ni autorización
alguna el faro y la sirena del CB 109 asignado a usted y además
desobedeció las ordenes del director de operaciones
de apagar el faro y la sirena del CB estando dentro del patio
1 de camiones de la sede de calle 21. Sanción de ocho
(8) días a partir del día 29 de junio hasta
el día 06 de julio de 2007.
Por los hechos sucedidos el día 13 de junio de 2007
al Generar traumatismo al normal desarrollo operativo al no
realizar el servicio al cliente Chysler calle 26, programado
a la ruta 56 a la cual usted estaba asignado como conductor
y por incumplir sus funciones y obligaciones al no realizar
correctamente el proceso de identificación en la atención
del servicio del cliente Chysler calle 26. Sanción
de ocho (8) días a partir del día 07 de julio
hasta el día 12 de julio de 2007.
JULIO
15 DE 2007: Le llega de salario el día viernes
13 de julio que pagaron la quincena del 1º al 15 de julio
de 2007, un neto a pagar de treinta y dos mil seiscientos
ochenta y un ($32.681) pesos.
JULIO 25 DE 2007: Lo citan a descargos por no informar
oportunamente sobre su ausencia a laborar el día 19
de julio de 2007., para el día 26 de julio a las 12:30
PM.
AGOSTO 13 DE 2007: Lo suspenden el día 17 de
agosto de 2007, por no informar sobre su ausencia a laborar
el día 19 de julio de 2007.
AGOSTO 22 DE 2007: El doctor Carlos Parra Torres psiquiatra
analista de la Universidad de Guadalajara, Escuela Freudiana
de Buenos Aires, envía un comunicado dirigido a la
Empresa Brinks de Colombia S.A., donde expresa que el paciente
Carlos Alberto Pardo está en tratamiento farmacológico,
el diagnóstico es: Trastorno adaptativo con síntomas
ansiedad. Recomienda reubicación laboral por el tiempo
que dure el tratamiento, al igual solicita informe de rendimiento
y actuación laboral del señor Pardo con el fin
de verificar resultados terapéuticos.
AGOSTO 30 DE 2007: Le llega de salario este jueves
en la quincena del 16 al 30 de agosto de 2007, un neto a pagar
de setenta y siete mil doscientos un ($77.201) pesos.
SEPTIEMBRE 14 DE 2007: Le llega de salario el día
viernes 14 de septiembre que pagaron la quincena del 1º
al 15 de septiembre de 2007, un neto a pagar de setenta y
ocho mil cuatrocientos cincuenta y tres ($77.453) pesos.
SEPTIEMBRE 20 DE 2007: Debido a que en este día
Pardo se encontraba programado en una ruta normal como conductor,
redacta una carta dirigida al supervisor de operaciones José
Figueroa comunicándole que se encontraba en un tratamiento
farmacológico por diagnóstico de trastorno adaptativo
con síntomas de ansiedad, y donde manifiesta que él
sale a hacer la ruta pero bajo la responsabilidad de quien
autorice. Carta que estaba entregándole al supervisor
Roberto Villalobos y que él no le quería firmar
porque no era ni ginecólogo ni veterinario. Debido
a esto se dirigió a la médica asignada por la
ARP que se encontraba en las instalaciones de la empresa y
fueron a hablar con el señor Villalobos, donde ratifica
que no firma la carta. Debido a todo lo anteriormente expuesto
en este documento y en una fase de su desequilibrio emocional
el compañero Pardo, resultó involucrado en el
deceso del supervisor Roberto Villalobos.
Carlos Solarte
Presidente Nacional / Sindicato Nacional de Trabajadores de
Brinks de Colombia, S.A.
Carlos Eduardo Medina R.
Presidente Seccional Bogotá / Sindicato Nacional de
Trabajadores de Brinks de Colombia, S.A.
Para más información hacer contacto con: alberto.barrow@uniglobalunion.org
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