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Que
las hay, las hay
"Yo
no creo en brujas (ni en la lucha de clases) pero que las
hay, las hay".
Botella al mar con mensaje SOS para los que puedan hacer algo
en este gobierno aún nominado como izquierda.
I--
A LA MANERA DEL DICCIONARIO
Hoy
hablamos de la vergüenza:
1.
Vieja. Porque no es imputable solamente a este gobierno sino
también a todos los anteriores.
2.
Doble. Porque comprende dos institutos esenciales del Derecho
del Trabajo, es decir el despido libre y la larga duración
de los juicios laborales. Componentes esenciales de la angustia
de nuestro trabajador dependiente.
3.
Vergüenza laboral. Porque se trata de dos vicios sumamente
graves que importan el virtual descaecimiento e inexistencia
real, en los hechos, del Derecho del Trabajo de fondo o sustantivo.
Si
Ud. obrero o empleado piensa en reclamar cualquier derecho
que le corresponde, ante el riesgo del despido libre, calla,
para sobrevivir en el trabajo. Y cuando cesa tiene la larga
odisea uruguaya, de un juicio que promedio durará entre
tres o cuatro años.
4.
Verguenza nacional. Porque tuvimos un cierto Maracaná
laboral en 1915, siendo de los primeros en el Mundo en establecer
la más importante conquista del movimiento internacional
obrero, como lo fue la famosa jornada de las 8 horas.
Pero
ahora, ni siquiera nos clasificamos.
Hoy
el patrono despide igual que en la revolución industrial.
Tiene el mismo poder que aquel patrono en cuanto a privar
en un minuto sin causa alguna, del trabajo, a un trabajador
subordinado. O sea ejecutar lo que se ha dado en llamar el
despido libre n Uruguay o desnudo en Argentina.
Y
en segundo término , tener que esperar tres o cuatro
años para percibir la indemnización por el despido,
lo que es una virtual denegación de justicia. Y además
otra violación constitucional del artículo 12
del debido proceso. Como el humor a veces patentiza la falla,
vale recordar que un estudiante inteligente y chusco en una
de mis clases recordó satíricamente que al decir
la Constitución debido en cuanto al proceso quiere
decir adeudado o que se debe y por eso no se tiene que cumplir.
5.
Por último sobreviviente. Porque aparece como de imposible
mantenimiento durante tantos años y a pesar de la evolución
del Derecho del Trabajo Internacional y Nacional.
Bueno
es señalar, para aquellos que se quejan y reprochan
la violencia de la huelga y en especial de la ocupación
pacífica de los lugares de trabajo, -hoy en la atención
pública, y parlamentaria- en cambio no se perturban
ante ese hecho de tanta violencia moral, como el de que un
hombre por ser propietario de los medios de producción,
elimine porque sí y sin causa alguna la fuente de vida
y alimentación de otro igual a él el trabajador.
Y con una sola palabra sin causa alguna, váyase, pueda
sumirlo en la miseria junto con toda su familia o en la emigración.
Dicho esto, sobre todo en economías sin empleo como
sucede en el subdesarrollo. ¿No es un ejemplo trágico
de la peor violencia moral?

2
LA IRRACIONALDAD DEL DESPIDO LIBRE
La
escena, con matices suele ser común. En la mañana
en la cocina Juan retorna y le dice a su esposa Maria que
fue despedido. -¿De qué te acusaron?. De nada
parece que es por reestructura. Pero con tu antigüedad
y si no tuviste sanción alguna te tienen que reponer.
No, el abogado me dijo que no hay reintegro en el País
y que sólo me pagan una indemnización, que demoro
tres o cuatro años en cobrar. Además me dijo
que hacen durar el juicio tomando excusas como algunas faltas
o algún error para sostener que tenés mala conducta.
-aunque saben que después no lo acepta el Juez. Y qué
vamos a hacer con tres hijos si en nuestra industria frigorífica
no hay trabajo ni tampoco otro empleo. Alfredo dijo que me
podía conseguir alguna suplencia para cuidar enfermos.
O de una empresa de seguridad. -Vamos a ver si puedo agarrar
ese plan que le dieron al del apto 2 para pagar el alquiler
atrasado y la luz. Dicen que hasta que no me saquen de planilla
no lo puedo pedir. Habrá que pensar en emigrar.Vamos
a ver.
Como
resulta de la escena, en el derecho uruguayo no existe estabilidad
salvo el único caso de la ley 17940 por represión
sindical aunque los patronos dentro de la conciliación
de clases del Ministro Bonomi, se ingeniaron en la cuatripartita
para incluír la frase salvo causa razonable, con la
cual los patronos se pueden fugar fácilmente de su
responsabilidad, por la represión justificando que
existía una razón de empresa. Ahí está
el ejemplo de la huelga contra la cooperativa policial, que
se perdió porque se admitió la causa razonable
del despido por una presunta falta de capacidad para innovaciones,
de quien hacía años que era el encargado de
la informática y era dirigente del sindicato. Ni en
caso de represión sindical funcionó la estabilidad.
Tampoco en caso de enfermedad ni accidente existe estabilidad
salvo por 180 días en el caso de accidente o enfermedad
del trabajo.
Se
viola con el régimen, del despido libre el artículo
53 de la Constitución de la República que establece
que el trabajo estará bajo la protección de
la ley . Si el despido es libre e infundado: ¿cuál
es la protección que ordena la Constitución?
¿Condenar a pagar una indemnización a los tres
o cuatro años es la protección?. El régimen
de despido, sin incluír el reintegro en el despido
sin causa, es absolutamente violatorio de lo establecido por
la Constitución.
La
OIT tiene un Convenio internacional 158 que los gobiernos
proclives a la conciliación de clases, incluído
este de la izquierda se han cuidado mucho de ratificar. Anótese
que el esto escribe lo presentó en su etapa parlamentaria
pero sin suerte de que se tratara. Por ese Convenio 158 de
O.I.T. no se puede despedir a nadie sin justa causa o si la
empresa entró en crisis o cesación de pagos.
El
desamparo del trabajador es absoluto. Es por otra parte el
gran instrumento utilizado por la patronal para amenazar a
los trabajadores y consagrar su impunidad en cualquier aspecto.
Inclusive cuando alguno escapa alas reglas y pleitea se le
aclara al que está tentado de hacer lo mismo, que mire
lo que ha pasado con los que se metieron a realizar juicio.
- Y esa es la fuente de las transacciones o acuerdos voluntarios
con el patrono (estos últimos ilegales porque se implantaron
por decreto de 1998 ilegal violatorio de la ley 16995) por
los cuales se realizan las transacciones miserables por el
20%, porque el hambre, el alquiler o la luz no son obreristas.
A
no llenarse la boca ni jactarse, señores políticos
por nuestra política laboral, por que mientras dejen
eso en pie, son coautores de la peor de las injusticias y
son responsables del hambre de los chiquilines de los trabajadores
aunque pueda resultar panfletario que se lo digan. Sépanlo
bien. - los que se mueven en las comisiones de trabajo y seguridad
social y especialmente los sindicalistas que emigraron a las
bancas. Y sépanlo también los integrantes de
la orgánica frentista que esta es la norma del país
y que si no se corrige es por complicidad con las gremiales
patronales. Los que viajan a menudo debería saber que
hay despedidos con familia en este país. Que el despedido
sólo puede consguir alguna empresa de seguridad o cuidar
enfermos o limpiar parabrisas en los semáforos. A pesar
de la fatiga sobre la publicidad del supuesto crecimiento
de la economía que se llama crecimiento de los que
ya son ricos. Si quieren pueden ver las jubilaciones o los
salarios de las tercerizadoras de limpieza. Porque el capital
extranjero al que apuesta el Gobierno no viene para trabajo
y ganancia honrada. Y si no que lo digan las pasteras, la
crisis financiera del 2002. El atropello sobre la reforma
popular del agua y las investigaciones sobre la mano en la
lata de los últimos tiempos.
Ud.
que puede si lee esto corrija la vergüenza nacional número
1.
Los
desocupados, los futuros inmigrantes y sus familiares los
despedidos así lo esperan.

3.-
El JUICIO LABORAL COMO ODISEA DE LARGO ALIENTO
El
trabajador reclamante de salario licencia, aguinaldo, despido
o cualquier otro crédito, preso de la bronca acumulada,
ve al abogado que le recomendaron como un gigante jurídico
que con su espada flamígera destruirá al patrono
expoliador (palabra que oyó a un dirigente obrero)
con un tajo certero. Algún dia eso de la bronca acumulada
va a haber que estudiarlo entre los elementos jurídicos
del contrato de trabajo. Bronca contra el capataz, contra
el superior alcahuete, contra el hijo del dueño con
el que está acostumbrado a acosar a las muchachitas
que recién llegan. Entre otros gravámenes. Algo
se viene haciendo con el aporte del acoso moral conocido por
mobbing en el último tiempo.
Cuando
el abogado le pide que tiene que darle nombre de testigos
repasa que es muy difícil que alguien le quiera salir,
a riesgo de su empleo.
Cuando
le dice que no puede proteger del despido al testigo porque
no tiene medios jurídicos y que sólo podría
hacerlo alguna medida gremial entra en el desaliento.
a
.Cuando el abogado le explica que lamentablemente no importa
que el patrono no lo tuviera en planilla, porque aún
cuando el patrono hubiera violado la ley si el faltó
varias veces cuando se enfermó el hijito o cuando se
peleó con la compañera y no le dio ganas de
ir a trabajar o cuando faltó sin aviso para ir a una
comida del sindicato o tuvo un error en el manejo de la máquina,
lo pueden sancionar descubre la profundidad del trato desigual.
Pero
el abogado gigante de la espada flamígera se desmorona
del todo cuando al preguntarle cuando dura el juicio y le
contesta tres o cuatro años.
-
¿Pero cómo el despido no es para que yo y mi
familia pueda vivir mientras busco nuevo trabajo? En el último
recurso que rebusca en su memoria pregunta no sirve que esté
afiliado al sindicato, yo estoy afiliado el sindicato ¿el
sindicato no puede hacer nada para mayor rapidez? Ya con la
mirada baja el asesor le dice que nada puede hacer, hacer
cambiar ese problema de la rapidez, que es problema de las
leyes y de los recursos y de la organización del estado.
Allí el abogado siente que el gigante como en los dibujos
animados se fue deshaciendo hasta la nada. Ve la mirada del
trabajador respetuoso con un destello de misericordia (No
lo voy a fundir del todo al veterano) y le oye decir "Pero
Vd. Doctor, cómo sigue en esto .
En
la mirada el cliente trabajador lo está pensando roturando
la tierra, como trabajo útil en lugar de este rol de
intermediario de la desgracia jurídica y de la oficialización
de la injusticia y la desigualdad. Sin duda allí se
dio cuenta que la maestra de sexto año le dijo una
mentira involuntaria cuando le explicó el rol del Poder
Judicial.
Le
faltó explicar al abogado por el cliente ya se fue
resignado y desolado y va a esperar la fecha de la audiencia
dentro de un mes y medio --que esta duración del pleito
no es fatal. Se mantiene porque en el marco de la lucha de
clases las elites patronales y políticas asociadas
usan la duración del pleito como el gran instrumento
de la impunidad. Cuando alguien se larga al pleito por ejemplo
de Rodríguez o Fernández que hace tres o cuatro
años que pleitean sirve para que el patrono le señale
el caso y negocie el credito con González o Jiménez
por el 20% en lo que los laboralistas solemos denominar como
una transacción miserable. La otra pata del desastre
es que la culpa de la duración además de la
estrategia patronal apoyada por la indiferencia o la deliberada
ayuda del legislador para que todo quede como está,
radica también en el presupuesto. Regulado por el Fondo
Monetario (véase el estatuto del FMI modificado que
ahora no sólo impone el control de la política
cambiaria sino de todas las políticas del país
afiliado ) que controla los gastos en educación, en
salud, en vivienda y en justicia no da para poner bien pagos
todos los funcionarios, jueces, peritos, y auxiliares en general.
que son necesarios. Entonces las audiencias se alargan, los
oficios se demoran, el todo no funciona como debiera ser.
Hay
contrastes a la vista.
En
la revista de Derecho laboral Nro222. Pág. 309. el
jurista español Miranzo Diez señala un promedio
de 3 meses y medio la duración de los juicios laborales.
Lo
que pasa es que los trabajadores del subdesarrollo están
subvaluados, valen menos como seres humanos y ni que decir
que a nivel rural en los países de América Latina,
el trabajo obrero y la esclavitud no difieren demasiado. Vale
la pena leer el libro de Barnes el profesor de la Universidad
de Surrey de Inglaterra para saber a través de su trabajo
de campo el nivel esclavo del trabajo subordinado en el mundo
y especialmente en Oriente y en el subdesarrollo latinoamericano.
Dos
siglos pasaron y el patrono despide en 2007 igual que en el
1800en la época de Primer Ministro Pitt plena revolución
industrial. Váyase porque si no lo saco con la policía
era entones y es hoy la frase lapidaria".
Y
la decisión judicial hay que esperarla entre tres o
cuatro años.
La
cereza del desastre: el patrono que despide sin causa paga
como interés el 6% anual. El préstamo más
barato es el dinero del salario y otros importes que el patrono
no abonó.- A qué patrono no le sirve más
el juicio que el pago . Así es el Uruguay laboral.
Aunque Vd, no lo crea o un caso más para el libro de
Guinnes.
¿Es
verdad que son dos vergüenzas nacionales o no?
Es
posible que muchas personas sientan ajenidad respecto del
tema porque piensan que nunca van a tener un juicio laboral.
Pero un día despiden al hijo o a la nuera o a el mismo
y se da cuenta que ya era tarde para pelear. Un poco como
lo señalaba Brecht en su relato sobre el indiferentismo
peligroso por cierto en temas más graves.
¿Dónde
están los políticos al servicio del pueblo?
Hay muchos que pretenden imputarle la responsabilidad a los
jueces y los funcionarios tal vez para disimular su incuria.
Pero
lo cierto es que el equilibrio o la conciliación de
clases pregonada por el Gobierno tiene estos frutos amargos
por supuesto para los más desamparados. El compromiso
de clases no habilita la cura jurídica quirúrgica
y no de calmantes que el tema requiere inclusive de asumnir
una cura quirúrgica.
Helios
Sarthou
Catedrático de derecho y abogado laboralista. Fue uno
de los fundadores del MPP, electo diputado por Montevideo
en 1989. En 1994 ingresa al Senado, y en 1997 forma la Corriente
de Izquierda, sector considerado radical dentro del Frente
Amplio.
http://www.montevideo.com.uy/notestaboca_nsarthou_53743_1.html
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