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22 Noviembre 08 - Jaime V. Echagüe
La Razón. Madrid-
Agujerean
falsos techos, dejan escombros y obras inacabadas en espacios
comunes, cambian las cerraduras y rompen las tuberías;
suspenden el suministro de agua y de luz; se niegan a cobrar
los alquileres para poder alegar que los inquilinos no pagan
y así desahuciarlos; alquilan pisos de forma deliberada
a personas molestas o violentas; deterioran adrede el edificio
para que sea declarado en «ruina técnica»...
Estas son sólo algunas de las artimañas de las
que echan mano algunos propietarios y empresas inmobiliarias
para acosar a sus inquilinos. O lo que es lo mismo: estos
vecinos están siendo víctimas del «mobbing»
inmobiliario. ¿Su finalidad? Hacer de su vida un infierno
hasta que les obligan a abandonar su domicilio, lo que favorece
los intereses especulativos del empresario: desde echar abajo
el edificio para edificar de nuevo hasta librarse de los inquilinos
que, por ley, pagan rentas bajas. Sólo Barcelona sufrió
200 casos en 2007. El problema se repite miles de veces al
año. Sentencias pioneras Durante esta semana se han
conocido dos sentencias favorables a los derechos de los vecinos.
En Barcelona, un juzgado ha condenado a un año de prisión
a dos hermanos propietarios y a indemnizar con 3.300 euros
a dos jóvenes a los que sellaron la puerta de entrada
y cortaron la luz y el agua repetidas veces porque se negaban
a pagar más de lo estipulado en su alquiler. En Guetxo
(Vizcaya), un empresario deberá cumplir 39 meses de
cárcel al contratar a una familia para molestar al
inquilino y lograr que abandonara su vivienda. Con la marcha
de esta persona, el condenado podía adquirir todo el
edificio. «Al no tener agua, los chicos iban a una fuente
para obtenerla y se duchaban donde podían. Como no
tenían nevera, debían comer en el día
lo que compraban. Algunos vecinos les pasaban comida con cuerdas.
También sellaron el contador de la luz y, al tener
que usar velas, otros les pasaban corriente eléctrica
a través de cables. Luego, venían los propietarios
y les hacían desenchufarlos», relata Aurora,
que vivía en frente de los jóvenes de Barcelona,
en el barrio de San Andrés. Afortunadamente para ellos,
Aurora les dejó que se ducharan en su casa y que llamaran
por teléfono. «Me decían: ¿¡No
puede ser ¿Dónde vamos a ir?¿».
Las asociaciones anti «mobbing» están de
enhorabuena. Hasta ahora, nunca antes había sido condenado
con penas de cárcel un propietario por acoso.

Estas
decisiones son la excepción que confirman la regla.
Al menos en nuestro país. Sólo protegidos en
Cataluña «En España no existe legislación
en cuanto al acoso en general. Las sentencias de Barcelona
y Guetxo crean jurisprudencia, pero la ausencia de normas
hace que cada caso dependa de la visión de cada juez».
Lo dice Marina Parés, presidenta del Servicio Europeo
de Información sobre «Mobbing» (Sedisem),
que se dedica a concienciar sobre el acoso. De hecho, comenta
Parés, sólo en Cataluña existe una normativa:
la Ley de Vivienda de 2000, en la que se aplican multas de
hasta 900.000 euros para el acosador. Y añaden: «El
acoso está impune. En Sudamérica, Colombia y
Argentina cuentan con una legislación. ¿En Europa?
Francia, Alemania, Bélgica...». Nuestro país
cuenta, además, con una triste peculiaridad: la figura
del «espantaviejas». Y es que en España
siguen vigentes dos leyes de arrendamiento: la antigua y la
del «decreto Boyer». A la primera están
sujetas las personas mayores, con pensiones bajas, y que no
tienen que pagar más por la subida del coste de la
vida. La ONU, en persona de su relator especial para la Vivienda,
Miloon Kothari, estimó en 2006 que el estado del «mobbing»
inmobiliario en España es «particularmente grave
y representa una vergüenza para el país, ya que
no se registran casos tan graves en el mundo desarrollado»
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