El primer caso de «mobbing inmobiliario» en
los tribunales
La audiencia de barcelona ha reabierto una querella de 2003
SORAYA DE LAS HERAS
En los tiempos que corren, quien tiene
una vivienda tiene un tesoro. Por eso, no es de extrañar
que aquellos que gozan del privilegio de tener una casa
en propiedad intenten sacarle todo el provecho posible,
aun a costa de perjudicar a otros.
No se trata de un hecho aislado prueba de ello es
que el fenómeno ya ha sido bautizado con el nombre
de mobbing inmobiliario y aquellos que lo practican
son, en su mayoría, propietarios que tienen arrendada
su vivienda con contratos de renta antigua, lo que para
ellos es sinónimo de escasa rentabilidad.
Querella
Ahora la Audiencia de Barcelona ha ordenado
reabrir la primera querella por mobbing inmobiliario que
se produce en España, aunque, seguro, son muchos
los inquilinos que sufren este problema.
La querella fue presentada en noviembre
de 2003 por una anciana de 75 años, titular junto
a su marido, ya fallecido, de un contrato de alquiler indefinido,
suscrito por su padre en 1936 por el que paga una renta
mensual de 40 euros.
Aunque el pasado diciembre la titular del
juzgado número 17 de Barcelona no la admitió
a trámite por estimar que los hechos denunciados
no eran constitutivos de delito, finalmente, la Audiencia
de Barcelona ha ordenado a una juez que admita a trámite
dicha querella ante la posibilidad de la existencia del
delito de coacciones, denunciado por la parte demandante,
y ha ordenado que se practiquen las diligencias investigadoras
precedentes para esclarecer los hechos.
Y los hechos son, según narra la
ancina, escalofriantes: la denuncia presentada por la inquilina
recoge que el propietario la está coaccionando para
que abandone el piso de forma voluntaria, renunciando, además,
a la indemnización a la que tiene derecho por llevar
a cabo la rescisión del contrato.
El actual arrendador del piso, por su parte,
no está manteniendo el inmueble en condiciones óptimas
para ser habitable, tal y como le corresponde. Así,
el edificio en el que vive la afectada presenta un estado
lamentable, con numerosas grietas, y está invadido
por las cucarachas y ratas que habitan en los pisos ya desalojados
y que el propietario ha tapiado sin antes limpiarlos.
Por si esto fuera poco, desde hace unos
meses, un grupo de okupas se ha instalado en el terrado
del inmueble, impidiendo a la anciana subir al mismo. Además,
los squaters manipulan a su antojo las instalaciones del
agua y la luz para tener suministros.
Según la sentencia, esta situación
encaja perfectamente con el fenómeno denominado como
mobbing inmobiliario. Por eso, la Sección Octava
de la Audiencia de Barcelona ha tenido en consideración
la argumentación del abogado de la inquilina, José
Ángel González Franco, y ha decidido admitir
a trámite la querella.
Investigación
González Franco ha pedido la implicación
del ministerio público para que se investiguen estos
hechos, ya que, en su opinión, hasta el momento,
«la Fiscalía ha mostrado un total desinterés».
De momento, el ministerio público
no ha ejercido acusación en este caso, manteniéndose
al margen, pese a las manifestaciones del fiscal jefe del
Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC), José
María Mena, que la semana pasada aseguró en
el Parlament la voluntad de la Fiscalía de perseguir
casos de mobbing inmobiliario. Mena señaló
que para ello no se precisa ninguna reforma del Código
Penal, ya que se puede reconducir hacia el delito de coacciones.
http://www.el-mundo.es/suvivienda/2004/349/1085676728.html