CARLOTA
RODRÍGUEZ MONTERO - PRESIDENTA DE LA ASOCIACIÓN
CANARIA CONTRA EL MOBBING
"Canarias es la tercera comunidad con más denuncias
por acoso laboral"
Texto: Rafael Lutzardo
Foto: DA
Incomprendidos,
deprimidos, desesperados, aislados e ignorados. Así
se sienten las personas que sufren acoso moral en el ámbito
laboral. Para analizar la verdadera realidad de este fenómeno
nada mejor que la especialista y presidenta de la Asociación
Canaria contra el Mobbing (Ascamo); Carlota Rodríguez
Montero.
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¿Qué se entiende por mobbing?
"El
concepto de mobbing fue popularizado por el psicólogo
alemán Heinz Leymann en la década de los 80,
como la situación en la que una persona ejerce una
violencia psicológica extrema, de forma sistemática
y recurrente, durante un tiempo prolongado sobre otra persona
o personas en el lugar de trabajo, con la finalidad de destruir
las redes de comunicación de la víctima o víctimas,
destruir su reputación, perturbar el ejercicio de sus
labores y lograr finalmente que esa persona o personas acaben
abandonando el lugar de trabajo. Del mismo modo, el concepto
de mobbing, traducido de manera correcta al castellano, sería
acoso psicológico. En los países del norte de
Europa y en España se habla de mobbing, en los países
anglosajones de bullying, y en los países latinos y
francófonos se utiliza con más frecuencia, la
expresión acoso moral en el trabajo".
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¿Cuál es la estadística actual del
mobbing en Canarias?
"La
Encuesta de Salud de Canarias realizada en 2004 revelaba que
el mobbing lo habían sufrido casi el 14% de los canarios,
y los trabajadores en edades comprendidas entre los 30 y 44
años, un 17,7%. Tomando datos del Ministerio de Trabajo
y Asuntos Sociales, la Inspección de Trabajo y Seguridad
Social en el año 2005, se habían presentado
un total de 1.577 denuncias por acoso laboral mobbing en toda
España. En Canarias, Las Palmas registró 47
y Santa Cruz de Tenerife, 39. En el año 2007, y de
las mismas fuentes, en Canarias se presentaron 118 denuncias
por acoso laboral, lo que en cifras supone que es la tercera
comunidad con más denuncias por acoso laboral. Si comparamos
las poblaciones activas de cada una de las comunidades citadas
con el número de denuncias, posiblemente Canarias ocuparía
el primer lugar".
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¿Quiénes son las personas que más
sufren mobbing, las mujeres o los hombres?
"La
V Encuesta de Condiciones de Trabajo de 2005, realizada por
el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, refleja que algo
más de 700.000 trabajadores habrían sufrido
acoso laboral en su empleo a lo largo del año anterior.
El acoso psicológico lo padece más las mujeres,
los trabajadores menores de 45 años y los que desempeñan
sus funciones en grandes empresas. Si nos remitimos a la Encuesta
de Salud de Canarias 2004, se concluía que a diferencia
de lo que ocurre a nivel nacional e internacional, en Canarias
el mobbing afecta igual a hombres que a mujeres".
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¿Qué apoyo reciben las víctimas a
nivel institucional?
"Muy
poco o ninguno. Hay un hecho real y constatable, a partir,
de la Resolución del Parlamento Europeo sobre acoso
moral en el lugar de trabajo, nacen los movimientos asociativos,
formados y constituidos por las víctimas del psicoterrorismo
laboral. Si repasamos, lo que nuestro país ha hecho
legislativamente para luchar contra esta lacra social -considerada
ya como epidemia del siglo XXI-, diríamos que sólo
han habido buenas intenciones y promesas electorales incumplidas".
¿Cuándo
se considera a una persona víctima de mobbing?
"Si
partimos de su propia definición, los tres criterios
diagnósticos más aceptados por los investigadores
europeos, son la existencia de una o más conductas
de hostigamiento internacionalmente reconocidas (es decir,
el LIPT 45, (las 45 conductas descritas por Heinz Leymann);
la duración del acoso como algo que se presenta a lo
largo del tiempo (un mínimo de 6 meses); y la repetición
y frecuencia de las conductas constitutivas de acoso (una
o más veces a la semana). Estos tres elementos son
los que establecerían la existencia de mobbing, y exigido
por los jueces de nuestro país".
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¿Qué conciencia social hay en torno al mobbing?
"La
V Encuesta de Condiciones de Trabajo de 2005 destaca que los
estudios influyen en la percepción del acoso laboral.
Para quienes no tienen estudios, los casos de mobbing se citan
en un 1,8%, mientras que esta cifra se dispara hasta un 5,7%,
si son universitarios. Similar situación ocurre con
los empleados públicos, un 5,8% frente a los trabajadores
del sector privado en un 3,7%. Y en las grandes empresas el
índice asciende al 6%. En octubre de 2006, el Juzgado
de lo Penal Número 1 de Jaén condenaba a cárcel
a un empresario por mobbing, lo que fue portada de los informativos
a nivel nacional. Este hecho no fue sólo por la gravedad
del mismo, sino porque casos como el de Jokin Ceberio, el
niño vasco que se suicidó tras ser acosado en
su colegio, ayudaron a los jueces a cambiar de criterio, ya
que hasta mediados de 2005, los juzgados de lo Penal archivaban
las demandas por mobbing, al interpretar las denuncias como
infracciones laborales".
¿Cómo
se pronuncian los sindicatos en Canarias sobre tal efecto
psicológico?
"La
percepción del acoso laboral mobbing, es igual para
los sindicatos que para el resto de la sociedad; es decir,
invisible. Lo cierto es que es un problema nuevo a afrontar,
y muy serio. Los riesgos psicosociales, el mobbing y otros
(estrés, violencia en el trabajo, acoso sexual, burn-out),
no son visibles como la violencia física, aunque estos
nuevos riesgos son un nuevo reto para la prevención.
El compromiso que adquieran las distintas organizaciones sindicales
vienen de la obligatoriedad y cumplimiento de la Estrategia
Comunitaria para la Seguridad y la Salud en el trabajo 2007-2012.
En Santa Cruz de Tenerife, en julio de 2007, CSI-CSIF creó
un servicio pionero para ayudar a las víctimas de acoso
laboral. Otras organizaciones sindicales, imparten cursos
sobre este riesgo psicosocial".
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¿Cuál es el perfil de la persona que provoca
el mobbing?
"Las
características o perfil psicológico del acosador
pueden ser variables, aunque los investigadores y autores
del fenómeno del mobbing, identifican a tres: paranoicos
defensivos, personas mediocres que ostentan puestos de trabajo
inmerecidos, y piensan que otras personas de más valía
profesional persiguen su puesto; narcisistas, personas con
una autoestima exagerada que el hecho de encontrarse con trabajadores
brillantes piensan que le hacen sombra; y maniacos, personas
con complejo de manías persecutorias que necesitan
agredir permanentemente a otros, sobre todo a los inferiores
o débiles. Los expertos internacionales coinciden en
que los trabajadores más afectados son los brillantes,
los mejor valorados, los más creativos, los más
cumplidores y aquellos que se han negado a participar en acciones
ilícitas o antiéticas que puedan perjudicar
a la organización o a los clientes".
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¿Cuáles son las herramientas institucionales
para luchar contra el mobbing?
"Los
protocolos antimobbing serían los elementos que garantizarían
el tratamiento de prevención y reacción ante
el acoso psicológico de los empleados públicos
que prestan sus servicios en el ámbito de la Administración
y en las empresas, a través, de los convenios colectivos.
La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad
efectiva de mujeres y hombres, en el artículo 48, establece
medidas especificas para prevenir el acoso sexual y el acoso
por razón de sexo en el trabajo, con la implementación
de códigos de buenas prácticas.
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¿Qué repercusiones patológicas negativas
tienen las víctimas afectadas por el mobbing?
"Un
estudio revela que el hostigamiento laboral en el ámbito
laboral acaba causando a la víctima más daños
que a la persona que sufra acoso sexual, pero visto por la
sociedad. Puede llegar a provocar importantes alteraciones
psicológicas, como ansiedad, crisis de angustia, ataques
de pánico, depresión, hipertensión arterial,
cefaleas tensionales, dolores articulares, cervicales y lumbares.
etc".
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¿Cómo se pronuncia la Ley ante una víctima
de mobbing?
"En
España no existe una regulación especifica sobre
el acoso laboral, pero sí una genérica sobre
cuya aplicación se han dictado las sentencias de los
tribunales. Debería existir una ley específica
contra el mobbing, como la ley belga, que es la más
completa con la que actualmente contamos en el marco de la
Unión Europea".
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