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ANDRES
CÁRDENAS. Granada | El arzobispo de Granada, Francisco
Javier Martínez, ha sido condenado a pagar una multa
de 3.750 euros por un delito de coacciones y una falta de
injurias contra Javier Martínez Medina, sacerdote que
lo denunció. La sentencia ha sido dictada por el titular
del Juzgado de lo Penal número 5 de Granada, Miguel
Angel Torres, ex instructor del "caso" Malaya. .
El
arzobispo deberá pagar una multa de diez euros durante
doce meses por el delito de coacciones y diez euros durante
quince días por la falta de injurias. Esta es la primera
vez que un prelado europeo ha sido sentado en el banquillo
y condenado. El delito de coacciones se refiere a la intimidación
que supuestamente ejerció contra el sacerdote para
que paralizara la publicación de un libro sobre la
catedral de Granada, en la que también intervenían
otros autores que también demandaron al arzobispo.
En cuanto a los delitos de lesiones psicológicas, coacciones
y contra la integridad moral de los que estaba también
acusado, el arzobispo ha sido absuelto.
El
cura denunciante, Francisco Javier Martínez Medina,
se querelló contra el arzobispo después de que
en febrero del año pasado acabara sin avenencia el
acto de conciliación en el que estaba llamado a participar
el prelado tras ser demandado por aquél. .
El
arzobispo negó durante la vista celebrada en el pasado
mes de noviembre las acusaciones del sacerdote. Dijo que nunca
quiso perjudicar a este religioso y que la divulgación
pública del asunto se hizo "con la pretensión
de dañar a la Iglesia". Mantuvo que todas las
actuaciones que dieron lugar a la querella "son actos
de gobierno interno de la Iglesia" y, por tanto, "competencia
de la jurisdicción de un Obispo Diocesano en el libre
ejercicio de su ministerio".
Acoso moral
En
cuanto a las injurias y calumnias, fueron supuestamente vertidas
por el arzobispo en una carta en la que acusaba al sacerdote
de una apropiación indebida relacionada con su trabajo
de archivero y de quedarse con los derechos de propiedad intelectual
de un libro sobre la catedral de Granada , cuyos autores demandaron
también al prelado. El denunciante, ex archivero de
la citada catedral, pedía multa para el arzobispo.
Durante
el juicio el arzobispo defendió su libertad de actuación
y dijo que él tenía potestad para paralizar
un proyecto que él creía no tenía interés.
El cura denunciante, por su parte, acusaba al prelado de dos
delitos de coacciones, uno de calumnias continuado o alternativamente
de injurias continuado, así como de acoso moral y lesiones
psicológicas, incluso de haber provocado una situación
que había adelantado la muerte de su madre. .
La
Fiscalía elevó por su parte a definitiva su
petición de absolución para el arzobispo , al
que consideró, durante la última sesión
del juicio, "víctima" de un caso "insólito
y único en España".
Según
la sentencia, el arzobispo, efectivamente tiene potestad para
dirigir la Iglesia en Granada, pero no ve acertada la forma
en que el sacerdote fue presionado. En el punto undécimo
se dice que "el arzobispo está capacitado para
cesarle de sus cargos de archivero y conservador y para retirarle
el uso de las dependencias catedralicias que venía
usando. Incluso puede quitarle del proyecto del libro y del
museo, pero no puede presionarle suspendiéndolo, delito
autónomo por el que es condenado". .
La
sentencia consta de 43 folios, lo que parece imposible que
sea publicada íntegramente, tal y como pedía
la acusación. El mismo juez dice que eso es imposible
"además de la que la extensión de la sentencia
dificulta su publicación y de que por desgracia la
misma tendrá una cierta difusión, por lo que
no procede su publicación".
http://www.heraldo.es/heraldo.html?noticia=215382
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